Concejo municipal
En Venezuela el Concejo Municipal es la entidad legislativa de los municipios autónomos. Emite acuerdos obligatorios en su jurisdicción, que se llaman ordenanzas. Regulan y controlan las actividades de los otros entes municipales. Nombra al contralor municipal. También, en muchos casos, deben ratificar decisiones del alcalde para que éstas puedan tener validez
CONCEJALES
CONÓCE NUESTROS EDILES
CONFORMACIÓN
ESTRUCTURA DEL CONCEJO MUNICIPAL
PRESIDENTE
El Presidente o Presidenta fungirá como representante legal del Cuerpo Edilicio, debiendo así mismo asistir, dirigir los aspectos relacionados con la gestión legislativa y funcional.
VICEPRESIDENTE
Su objetivo es prestar asistencia y asesoría a la Presidencia en los asuntos que le requieran, así mismo suplirá automáticamente las faltas absolutas o temporales del Presidente.
SECRETARIA
Sirve de enlace para transmitir las decisiones tomadas por el cuerpo edilicio del Concejo Municipal y hacerlas del conocimiento de las diferentes direcciones, organismos, comisiones comunidad.
COMISIONES
Realizan las investigaciones que estimen convenientes en la materia de sus competencias y así velar por el cumplimiento de las competencias atribuidas al Municipio.
CRONISTA
Funciona como órgano auxiliar de la Presidencia del Concejo Municipal. Tiene como misión recopilar, documentos, conservar y defender las tradiciones, costumbres y hábitos sociales del municipio.
CONTÁCTANOS
PARA MÁS INFORMACIÓN